Regresiones Hedónicas - ADIESTRA Lab® · Autoevaluación

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Evaluación Técnica Especializada
Módulo evaluado
Regresión Hedónica · Enfoque de Mercado

Autoevaluación de Regresión Hedónica

Modelo de Regresión Lineal Múltiple (MCO) · Enfoque de Mercado · Infinitos Intentos

Evaluación de Nivel Posgrado

Instrucciones de la Autoevaluación

Puede presentar esta autoevaluación cuantas veces necesite hasta obtener 75 puntos o más. Cada intento genera una combinación aleatoria del Banco Maestro, por lo que la evaluación cambia en cada oportunidad.

i Importante: revise sus respuestas antes de finalizar. El sistema emitirá su resultado y un reporte de retroalimentación con el fundamento técnico y la fuente de cada reactivo. La calificación es cuantitativa y el objetivo es demostrar dominio conceptual, financiero, matemático y pericial del tema.

I. Selección mixta · 5 preguntas · 15 puntos
II. Completar frases · 5 preguntas · 15 puntos
III. Relación de conceptos · 10 reactivos · 30 puntos
IV. Casuística profesional · 2 casos · 10 puntos
V. Laboratorio ADIESTRA Lab® · 10 ejercicios · 30 puntos
Ingrese su nombre para registrar el intento.
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Autoevaluación Valuador Nivel Junior en M&E - ADIESTRA

ADIESTRA LFR Ingeniería & Tasación
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Nivel Junior en Valoración de M & E· Módulos I y II

Autoevaluación Nivel Junior en M & E

Módulos I y II: Evaluación integradora de Competencias Profesionales de Nivel Junior en la Valuación de Maquinaria y Equipo.

Alcance del Conocimiento Evaluado: Fundamentos de valoración de M & E, Normativa, Conceptos y Metodología Valuatoria.

Evaluación de Nivel Junior en M & E

Instrucciones de la Autoevaluación

El sistema seleccionará aleatoriamente 60 reactivos del banco maestro consolidado. Cada nuevo intento genera una combinación diferente de preguntas y opciones.

i Importante: revise sus respuestas antes de finalizar. Al calificar, el sistema mostrará el resultado y la retroalimentación técnica de cada reactivo. La calificación final se expresa sobre 100 puntos y el umbral de aprobación es 75/100.

I. Selección simple · 10 preguntas · 1,0 punto c/u · 10 puntos
II. Completar frases · 10 preguntas · 1,0 punto c/u · 10 puntos
III. Selección múltiple · 10 preguntas · 1,0 punto c/u · 10 puntos
IV. Relación de conceptos · 20 reactivos en 4 bloques temáticos · conceptos y definiciones visibles lado a lado · 1,5 puntos c/u · 30 puntos
V. Casuística práctica · 10 casos · 4,0 puntos c/u · 40 puntos
Ingrese su nombre completo para registrar el intento.
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Umbral de aprobación: 75/100 Nuevo intento disponible

domingo, 27 de marzo de 2011

Video sobre ¿Que es la Plusvalía?

1. ¿Qué es la Plusvalía?

Es la obligación que tiene el propietario o poseedor de un inmueble de pagar un porcentaje del mayor precio que adquiere el bien por las acciones urbanísticas que realiza la administración (municipal, distrital o del área metropolitana) y que incrementan su aprovechamiento.

La plusvalía ocurre debido al “Principio de la temporalidad” el cual considera que “El valor de un inmueble es variable a lo largo del tiempo”

Este principio reconoce la influencia de factores endógenos y exógenos que inciden sobre el valor de los inmuebles a través del tiempo.

Los Factores endógenos son las mejoras y las depreciaciones físicas y funcionales.
Los Factores exógenos son la plusvalía o desvalorizaciones generadas por agentes externos.
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Video ¿Que es La Plusvalía? 

 
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2. ¿Quiénes Generan Plusvalía?
• El Municipio
• Los Distritos
• Las Áreas Metropolitanas
3. ¿Qué Hechos Generan la Plusvalía?
• La Construcción de una Obra Pública (que no hayan sido objeto de financiamiento por contribución de valorización).
• La incorporación de suelo rural a suelo urbano.
• La consideración de parte del suelo rural como suburbano.
• El establecimiento o modificación al uso del suelo.
• La autorización de un mayor aprovechamiento del suelo (ocupación o construcción).
4. ¿Cuándo Ocurre un Hecho Generador de Plusvalía?
El efecto plusvalía, es decir el incremento en el precio de los predios beneficiados con la acción urbanística o la ejecución de la obra pública aparece de manera INMEDIATA, ESPONTANEA, no es un efecto gradual, ni es un efecto proporcional, es un efecto INSTANTÁNEO, que ocurre:
1. Una vez se conozca en el mercado una Intención sería de la administración de ejecutar una obra de interés público, (prevista en el Plan de Ordenamiento o en el Plan General de la Nación)
2. Una Vez se conozco en el mercado la seria intención de la administración de realizar una “Acción Urbanística” de cambio de uso del suelo:
a. De Rural a Expansión Urbana
b. De Expansión Urbana a Urbano
c. Mejor densidad, o mayor índice de construcción en suelos urbanos.
d. Cambios de un uso específico a un uso de mayor aprovechamiento, etc.
5. ¿Cuando y Como se cuantifica el efecto plusvalía?
Una vez, ocurrido el hecho generador, a partir de ese momento existe la plusvalía, sea porque simplemente ocurrió un anuncio verbal de la autoridad administrativa competente en la inauguración de una obra en una comuna, o en una visita a una junta de acción comunal, o en un Foro, o ante los medios,etc.
El efecto plusvalía, es decir el incremento en el precio de los predios beneficiados con la acción urbanística o la ejecución de la obra pública se determinará por la diferencia de precios del metro cuadrado vigente antes del anuncio y después de la acción urbanística.
La diferencia entre el Valor Comercial del suelo de un predio, después del hecho generador y el Valor Comercial antes de él, constituye la base gravable de la participación en plusvalía.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi o los peritos técnicos debidamente inscritos en las Lonjas e Instituciones análogas, establecerán los precios comerciales por metro cuadrado de los terrenos para cada una de las zonas beneficiarias, teniendo en cuenta su situación anterior a la acción o acciones urbanísticas generadoras de la plusvalía y determinarán el nuevo precio de referencia, es decir, el precio de referencia después del hecho generador.
6. ¿Qué Porcentaje (%) del mayor valor es la Participación de Plusvalía?
El porcentaje de participación en plusvalía a liquidar a la administración por las acciones urbanísticas u obras de infraestructura está establecido en un rango del 30% al 50% del mayor valor generado.
7. ¿Qué destinación tienen los recursos provenientes de la plusvalía?
• Financiar el proyecto que generó o generará la plusvalía.
• Recuperar la inversión realizada.
• Compra de predios o inmuebles para desarrollar planes o proyectos de vivienda de interés social.
• Construcción o mejoramiento de infraestructura en asentamientos urbanos en sitios con condiciones de desarrollo incompleto o inadecuado.
• Ejecución de proyectos que conforman la red del espacio público.
• Financiación de infraestructura vial y de sistemas de transporte masivo.
• Actuaciones urbanísticas en macroproyectos, programas de renovación urbana.
• Pago del precio o indemnizaciones por acciones de adquisición voluntario o expropiación de inmuebles para programas de renovación urbana.
• Fomento a la creación cultural y al mantenimiento al patrimonio cultural, especialmente en zonas de desarrollo incompleto.
8. ¿Cuándo se hace exigible?
Sólo se hace exigible en el momento en que el Acto Administrativo que la genera queda en firme es decir:
• Se realiza una solicitud de licencia de urbanización o construcción.
• El Dueño hace el cambio efectivo del uso del inmueble.
• Se tramitan actos que impliquen transferencia de dominio sobre el bien.
• Se efectúa la adquisición de títulos valores representativos de los derechos adicionales de construcción por cambios de uso o intensificación del aprovechamiento.
9. ¿Cómo se paga la Participación en Plusvalía?
• De Contado en Dinero en efectivo
• Con tierra dentro del predio o fuera de éste en otro lugar del municipio
• Ejecutando obras de interés público.
• Haciendo socio al Municipio en el desarrollo potencial
• Con títulos valores representativos de los derechos adicionales de construcción.

viernes, 18 de marzo de 2011

Metodo Involutivo y de Renta por DANTAS ENGENHARIA DE AVALIAÇÕES

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lunes, 14 de marzo de 2011

Nuevos trenes para el Metro de Medellín

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Cualidades mínimas que debe Tener de Un Informe de Avaluo

Cualidades de Un Informe de Avaluo

Ley 1.314 del 2009 Principios y Normas de Contabilidad en Colombia

Ley 1.314 Del 13 - 07 - 2009 Principios y Normas de Contabilidad e Información Financiera - Colombia

martes, 8 de marzo de 2011

Normas NIC y NIIF aplicables para La Valoración de Activos Contables

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Principios Básicos de Contabilidad para NO Contadores

Base Teórica Contable para No Contadores LFR

Publicación del Autor

Demo de mi Libro sobre la Valoración de Afectaciones a los Derechos de PROPIEDAD, a causa de la Constitución de Servidumbres

DEMO Del Libro de Servidumb... by Luis Fernando on Scribd