Por muchos años, he visto en repetidas ocasiones, que el enfoque valuatorio que algunos colegas utilizan en la valoración de SERVIDUMBRES; o de las Áreas comunes de uso exclusivo (en Propiedad horizontal), se fundamentan de manera errada, en Bases de Valor de Mercado, cuando lo correcto es aplicar la valoración técnicas y métodos propios de la tasación para bienes y derechos denominados "Intangibles especiales", pues lo que se está valorando, no son metros cuadrados, hectáreas, o ladrillos, sino la cantidad de flujos de caja libres futuros que ingresarán en el patrimonio de un Usufructuario por provecho económico que tal derecho le otorgue y/o la afectación patrimonial por la limitación al aprovechamiento pleno de la propiedad, por la rentabilidad que la misma, no permitirá que ingresen al patrimonio del afectado, según sea el caso de lo que se pretende valorar.
Esto ocurre, por ejemplo, para efectuar la Valoración de Servidumbres, para valorar los Derechos de Superficie, o para valorar las opciones de compra de un bien inmueble.
Vean este corto video, del reconocido catedrático y profesor en valoración de la Universidad Politécnica de Valencia (España), el Dr. Jerónimo Aznar, y notarán que aunque lo hayamos hecho miles de veces de una manera, o que así aparezca en la bibliografía disponible, no es sinónimo de que, lo estuviésemos haciendo de la forma adecuada.