Ir al contenido principal

15 Normas para los Avalúos en Colombia


15 Normas para los Avalúos en Colombia
La realización o prestación del servicio de avalúos (valoración de bienes), es decir el Ejercicio de la Tasación en Colombia, está siendo regulado por 15 Normas Técnicas Sectoriales (NTS) y una cierta cantidad de Guías Técnicas Sectoriales (GTS) redactadas por la UNIDAD SECTORIAL DE NORMALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD VALUATORIA Y EL SERVICIO DE AVALÚOS “USN AVSA”, que administra el Registro Nacional de Avalúos – RNA a partir de Septiembre del 2009, y que seguramente, en el seguimiento de las mismas se requiere de un “Juicioso y Riguroso” cumplimiento de estándares, que adecuarán tanto los procedimientos, como el producto final (el informe de avalúo) a niveles de conformidad internacional, en cuanto a los contenidos y métodos de aceptación general en materia valuatoria, respecto a las OPINIONES DE VALOR o DICTÁMENES, allí expresados por los expertos que la realizan los peritajes.
He insistido desde hace un tiempo, en todas las tertulias, reuniones, foros, congresos, en mis correos y en mis escritos o columnas en blogs y revistas, e incluso, hasta cuando nos tomamos un tinto en nuestros llamados… “costureros” (grupos de estudio), que si bien, me parece un trascendental acierto hacia la profesionalización del ejercicio de la tasación y valoración de bienes en Colombia la aparición de las normas referidas, lo que me luce un tanto fuera de lugar, en mi criterio es el de …¿Quién Certificará el Cumplimiento de las Normas?
Lo más lógico, y como ocurriría en cualquier parte del mundo, tal acreditación debería ser función exclusiva de una institución gubernamental de carácter oficial, pues de esta manera, el laborioso y estupendo logro alcanzado con la publicación de éstas Normas, se constituiría en un aporte de contundencia vital en la búsqueda de la profesionalización del ejercicio de la Tasación en Colombia, ya que por razones obvias, nuestra legislación regula el ejercicio de las profesiones mediante Ley de la República.
Ahora bien, para optar a la “CERTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS”, la institución que tenga la honorable misión de hacerlo, debe contar dentro de sus atributos, de una Independencia Total de Intereses, respecto del tipo de CERTIFICACIÓN que emite, razón por la cual, en mi opinión, no debería ser el RNA (Registro Nacional de Avaluadores), quien cumpla esa función, ya que no es precisamente una institución libre de esos intereses.
La mayoría de todos los que lean este documento, son miembros de número y registro ante el RNA, debido a que ésta, es una exigencia en las instituciones públicas para prestar los servicios en el “oficio de avalúos”, y de igual manera, sabrá, que para tener el derecho a obtener tal credencial, debe cancelar una “Cuota de Sostenimiento” que muchos colegas tasadores, nos preguntamos a cual sostenimiento se refiere, y cuáles son los servicios que presta.
Para muchos colegas este cobro, se traduce más bien en “Una Vacuna”, y otros lo califican como “Un Peaje”, ya que en su opinión, lo menos que les debería garantizar es un ejercicio limpio de su oficio, al prestar los servicios de avalúo acordes a sus capacidades, destrezas y experiencia, lo cual a su entender, no ocurre, pues es voz populi, que personas inescrupulosas (las hay en todas partes) han aparecido con cobros soterrados para suministrar las preguntas de los exámenes que les serán evaluados para la obtención de la credencial. Incluso no se atreven a realizar imputaciones públicamente pues argumentan cierto temor, de que tales acusaciones repercutan en conflictos para su próxima renovación de la credencial.
De la misma manera, llegan a cuestionar si tal organismo solo existe para que en las bolsas de algunos entren algunos dineros, y sería prudente cuestionarse si hay intereses “non sanctos” de por medio o si hay afectaciones en la tranquilidad de los miembros y si se ve perjudicada la credibilidad de la institución hacia el exterior de la misma.
Hay que ser justos, y al menos en mi criterio, entiendo que el RNA realiza de alguna manera, (así sea precaria), una función necesaria para “Calificar” la actuación adecuada mínima, en un “Oficio” un tanto prostituido por la competencia desleal (o ilegal), pues al menos dentro de los controles que se imponen, están la aprobación de unas pruebas o exámenes exigidos para obtener la credencial del RNA, lo que pudiera (si realmente funcionara), constituirse en barrera de control sobre el ingreso de Avaluadores Piratas a la prestación de los servicios o peritajes de avalúo.
Aplaudo y apoyo el esfuerzo de RNA en el aporte de estas bases; lo que no comparto, es el criterio de que al mismo, se le faculte la certificación de dichas normas, ya que como expongo en párrafo anterior, considero que el control y certificación de los tasadores debe hacerlo una entidad oficial de la república.
En una oportunidad, en “cualquier lugar” de Colombia, tuve una situación bastante desagradable, entré en la página WEB de una empresa muy importante y de altísima facturación anual, en la cual me habían dicho, requería la valoración de algunas propiedades (Bienes inmuebles, Equipos y Planta Industrial). Cuando verifiqué el “Estado del Requerimiento”, en la página web, decía: Estatus: …”EN CONSULTA AL RNA SOBRE LISTA DE EXPERTOS (PERSONA NATURAL, O JURÍDICA) CAPACITADOS PARA PRESTAR ESTOS SERVICIOS” ¿?
No sé a ustedes, pero a mí, JAMAS me han llamado de ninguna empresa, tampoco me ha llamado ningún cliente público o privado (sin ser pretencioso), a solicitarme cotización de mis servicios profesionales debido a que el RNA me ha incluido en una lista de personas expertas y capacitadas (esto aplica incluso para otras agremiaciones), a pesar de que, para el momento de mi registro en ellas, lo primero que me han exigido es mi “HOJA DE VIDA” y TODAS, absolutamente todas las certificaciones sobre capacitación, estudios o publicaciones y artículos o textos, además de la experiencia en tasaciones anteriores en materia valuatoria debidamente certificada, las que he adjuntado juiciosamente.
Pues Bien, regresando al caso de la “Consulta al RNA” que la empresa mencionada hacía, en solicitud de un “listado de expertos”, por situaciones y vueltas que da la vida, tuve la oportunidad de saber que el contenido de los expertos que componían el listado “Recomendados” por el RNA, en primer lugar ninguno coincidía con el nombre de alguna Empresa; en segundo lugar, los que conformaban el listado, son personas naturales próximas entré sí (allegadas), o en el menor de los casos han efectuado trabajos a instituciones oficiales (de conocimiento público), consorciados en otras oportunidades y tienen muy buenas relaciones; y en tercer lugar, todos, absolutamente todos los recomendados estaban registrados en Bogotá.
Obviamente, en la oportunidad que ésto sucedió, pensé en que pudiera haber ocurrido por mi relativamente reciente registro en el RNA (2007), pues no servía al parecer la experiencia acreditada en otras latitudes, para tener opción a conformar esa lista. Sin embargo, mi mayor sorpresa, es que al cabo de un tiempo, una vez contratados los servicios por la empresa, recibí el llamado del feliz elegido, para que le realizara la asistencia en la realización del mencionado trabajo, pues según sus palabras “Yo tenía recomendaciones de mis credenciales por un colega y amigo común del extranjero”.
En mi percepción, existen varias posibilidades para que tal situación se haya presentado:
1. Que quien haya realizado el listado, no tuviera actualizado el expediente de calificación de los peritos.
2. Que solo tuviera a mano, los expediente de los peritos de Bogotá, debido a ¿la inundación, incendio, terremoto, o desastre? ocurrido previamente en las instalaciones del RNA (no me enteré de la ocurrencia de nada de eso, pero… Lo Lamento.).
3. Que haya ocurrido un lamentable error al activar la herramienta “Filtro” de Excel, y en consecuencia quedé (quedamos) excluido de la captura de mi nombre y datos de manera INVOLUNTARIA.
4. Mis pocos años (3), de haber obtenido la Credencial de Avaluador en Colombia, (aunque en otros lares la tenga desde hace 20 años).
En fin, no se me ocurre cual haya sido la razón por la cual en ese listado no se incluyó mi nombre en un principio (después estaba acreditado para hacerlo), ni el de ningún colega conocido o no (de cualquier otro lugar de Colombia), pero al igual que yo, muchos colegas muy honorables, estudiosos, capacitados, experimentados, serios y SOLVENTES del RNA, que prestamos nuestros servicios fuera de Bogotá, pudiéramos a nuestro juicio, pensar que esa lista estaba INCONCLUSA y desde nuestra óptica, totalmente segada y eso, de haber ocurrido como se me ocurre a mí, perjudica a muchísimos miembros “Paganini” del RNA.
Por lo anterior, cabe una pregunta que quisiera que imparcialmente fuese respondida por cualquiera de ustedes. Si ésta es la entidad (RNA), que tendrá la misión reguladora de algo tan considerable e importante para todos sus miembros acreditados, ¿no debería en primer lugar reestructurar sus funciones actuales o repensarlas?, de lo contario, no me atrevería a augurar el éxito de lo que con muy buenas intenciones y mayores esfuerzos se ha logrado, pero que ineludiblemente defraudaría a sus miembros certificados, pues no se pudiera vaticinar de manera acertada, la forma de como terminarían las cosas en el ejercicio de la prestación del servicio de avalúos en Colombia.
Nunca me ha gustado dejar en el ambiente razones para que mis escritos suenen a mera crítica, por lo cual, con la intención de que al menos se abra el debate al respecto, me atrevo a realizar una propuesta, que pueden rechazarla o mejorarla o cambiarla o simplemente no atenderla y realizar otra totalmente distinta.
Consiste en lo siguiente, si observamos detenidamente, de manera paralela a la aparición de las Normas del ICONTEC – RNA, surgió como resultado de otras inquietudes igualmente respetables y valiosas, la llamada “CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES” del SENA, y quizás con la participación de las Universidades con el auspicio de empresas privadas y públicas (ejemplo los tribunales de justicia), y quizás haciendo algunos ajustes, pudiera dársele mayor PESO Académico a las credenciales proporcionadas en la evaluación de esas aptitudes y capacidades, para una prestación de este servicio de manera PROFESIONAL con resultados obviamente más confiables para los usuarios (Públicos y Privados).
Hasta Pronto, y espero sus comentarios, y apreciaciones.
Ing. MSc. Luis Fernando Restrepo Gómez

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
Estoy de acuerdo con usted
La Certificacion No puede ser entregada por entes privados. Debe ser regulada por entes municipales locales y debe tener calificacion proporcional a la Profesion Basica del profesional en el area valuatoria.
Anónimo ha dicho que…
Todo lo que comenta es muy cierto, es como un paralelo entre lo escrito y lo real en el 97.00% de los casos. Cristobal Abril.

Archivos más visitados del Blog

Costo Real de un Trabajador en 2012 en Colombia

Costo Real de un Trabajador en 2012 en Colombia En 2012, los colombianos que ganan el salario mínimo, recibirán "REALMENTE" cada mes $589,131 ( salario - 4 % de Salud - 4 % de Pensión ) , mientras que las cargas extra salariales , hacen que a cada empresa un empleado le cueste más de $979.000 . El salario mínimo corregido a un incremento respecto al 2011 del 5.8 % por el acuerdo entre Empleadores y Sindicatos en el día de hoy 15 de Diciembre del 2011 será de $566.664 . A esto, hay que sumarle el subsidio de transporte, al cual tienen derecho todos los que ganen en Colombia menos de dos salarios mínimos.  Así que si usted tiene un salario de $ 1’133.328 o menos, la empresa está en la obligación de pagar dicho subsidio que quedó  con un incremento del 6% hoy en $ 67.800.   1. Recibido por el Empleado Mensualmente Los que ganan el mínimo, recibirán un sueldo básico de $566.664 más los $67.800 equivalentes al subsidio de transporte. En 2012, el total deveng

Costo Real de un Trabajador en 2013 en Colombia

Costo Real de un Trabajador en 2013 en Colombia En 2013, los colombianos que ganan el salario mínimo, recibirán "REALMENTE" cada mes $612,840 ( salario + 4 % de Salud + 4 % de Pensión ) , mientras que las cargas extra salariales , hacen que a cada empresa un empleado le cueste más de $1.018.000 . El salario mínimo corregido a un incremento respecto al 2012 del 4.02 % por el Decreto 2738 del Ministerio del Trabajo a Diciembre del 2012 será de $ 589.500 . A esto, hay que sumarle el subsidio de transporte, al cual tienen derecho todos los que ganen en Colombia menos de dos salarios mínimos (Decreto 2739 del Ministerio del Trabajo a Diciembre del 2012). Así que si usted tiene un salario de $ 1´179.000 o menos, la empresa está en la obligación de pagar dicho subsidio que quedó  con un incremento del 3.98 % hoy en $ 70.500.   1.     Recibido por el Empleado Mensualmente Los que ganan el Salario mínimo, recibirán un sueldo básico de $ 589.500 más los $ 70.500