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Consideraciones del VALOR en Bienes y Derechos afectados por Ganancia Ocasional - Reforma del Estatuto Tributario Colombiano

De acuerdo a la reciente promulgación de la Reforma del Estatuto Tributario Colombiano, mediante Ley 1607 del 26-12-2012, se deben cumplir algunas consideraciones muy incidentes en el VALOR de los Bienes y Derechos, al realizar avalúos con fines tributarios (fiscales).

En la extensa lectura  de esta Ley, encontré un capitulo (seguramente habrán otros dentro de esta misma reforma) que es punto de obligatorio cumplimiento y que en consecuencia en lo sucesivo, los Tasadores que ejerzamos esta profesión en Colombia deberemos estrictamente observar, al efectuar los encargos de este tipo de Valoraciones (Contables, impositivas, Fiscales).

Es el Capítulo V de la Reforma y que se refiere a Los Impuestos de las Ganancias Ocasionales. (Provenientes de herencias, legados, donaciones, o cualquier otro acto jurídico celebrado intervivos a título gratuito, y lo percibido como porción conyugal.)

Aprovecho la oportunidad para proponerles a aquellos colegas que dispongan del tiempo y que puedan darle la lectura a esta nueva Ley (más abajo está el texto completo) a contribuir entre todos nosotros para detectar aquellos artículos en que esta materia puedan influir en nuestro desempeño. 

Además esto es factible de que lo hagamos para cualquier otra Ley en  toda América que pueda afectar o regular la manera en la que debemos efectuar nuestros trabajos y que en definitiva inciden sobre nuestro dictamen final y si me remiten a mis direcciones electrónicas esos comentarios o análisis con gusto los publicare en el Blog con el debido respeto de los Créditos de quien hace el análisis. 





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